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19/05/2011
Por Goti Martínez Pérez

Ayuda a la compra de coches eléctricos e híbridos

Analizamos en detalle todos los puntos del nuevo decreto del ministerio de industria

Hemos resumido, analizado y despejado algunas dudas que planteaba el decreto. Su incidencia hoy es pequeña por el escaso número de vehículos afectados, pero irán creciendo desde finales de 2011 con el lanzamiento del espero Nissan Leaf y en el 2012 con distintos modelos híbridos enchufables que entrarán en los límites de la subvención.

Objeto:

Ayuda directa a la adquisición de vehículos eléctricos nuevos (aquellos cuya propulsión total o parcial proceda de las baterías cargadas previamente a través de red eléctrica).

Fecha Límite:

PROGRAMA ACABADO A 5 DE NOVIEMBRE DE 2012

Beneficiarios

Personas Físicas, autónomos (dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas) y personas jurídicas. También las Administraciones públicas, las sociedades o entidades que tengan consideración de carácter público estatal, autonómico o local.

 Formato de la compra:

Puede ser compra directa, leasing o renting. En el caso de adquisiciones o leasing financiero, se entiende por beneficiario, a los efectos de este real decreto, el titular de la matriculación registrada en la base de datos de la Dirección General de Tráfico.

En el caso de operaciones de renting o leasing operativo el beneficiario será el arrendatario del contrato de renting o leasing operativo, siempre que este contrato tenga una duración mínima de dos años.

Hecho Subvencionable:

Las ayudas se aplicarán para la adquisición y para las operaciones de financiación por leasing financiero y arrendamiento por renting o leasing operativo de vehículos eléctricos nuevos matriculados por primera vez en España,

a) Turismos M1: vehículos de motor destinados al transporte de personas que tenga, por lo menos, cuatro ruedas y que tenga, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo.

b) Furgonetas N1: vehículos de motor destinados al transporte de mercancías que tenga, por lo menos, cuatro ruedas con una masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kg.

c) Autobuses o autocares M2: vehículos destinados al transporte de personas que tengan además del asiento del conductor más de ocho plazas sentadas y con un MMA inferior a 5.000 kg.

d) Autobuses o autocares M3: vehículos destinados al transporte de personas que tengan además del asiento del conductor más de ocho plazas sentadas y con un MMA superior 5.000 kg.

e) Furgones N2: vehículos de motor destinados al transporte de mercancías que tenga, por lo menos, cuatro ruedas con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kg e inferior a 12.000 kg.

f) Motocicletas L3e y L5e: vehículos de dos o tres ruedas sin sidecar, con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km/h.

g) Cuadriciclos ligeros L6e: automóviles de cuatro ruedas cuya masa en vacío sea inferior o igual a 350 kg, no incluida la masa de las baterías para los vehículos eléctricos, y cuya potencia máxima neta del motor sea inferior o igual a 4 kW y cuya velocidad máxima no sobrepasa los 45 km/h.

h) Cuadriciclos pesados L7e: automóviles de cuatro ruedas cuya masa en vacío sea inferior o igual a 400 kg o 550 kg si se trata de vehículos destinados al transporte de mercancías, no incluida la masa de las baterías para los vehículos eléctricos, y cuya potencia máxima neta del motor sea inferior o igual a 15 kW.

NOTA: La ayuda sólo se concederá una vez por vehículo,

Importe de las ayudas

El importe de la ayuda para todos los tipos de vehículos será del 25% del importe de compra en factura antes de impuestos (incluidas las baterías) con los siguientes límites en función del tipo de vehículo (vamos a poner sólo los turismos):

  • 2.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica no superior a los 40 km y no inferior a 15 km.
  • 4.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 40 km e inferior o igual a 90 km.
  • 6.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 90 km.

Listado de coches subvencionables (de los que tenemos en nuestra base de datos).

Citroen C-Zero

Peugeot Ion

Nissan Leaf

Tramitación

Se designará una empresa mediante concurso para la gestión de todas las ayudas. El trámite se hará en los vendedores (concesionarios) que se den de alta.

Documentación requerida

Copia de la documentación siguiente:

  • 1. Factura de compra del vehículo.
  • 2. Ficha técnica del vehículo adquirido.
  • 3. Permiso de circulación del vehículo adquirido.
  • 4. Documento acreditativo de la identidad del beneficiario.

             

Original de los siguientes documentos:

1. Impreso de solicitud de ayuda

2. Declaración del beneficiario de encontrarse al corriente de sus obligaciones ante la Hacienda Pública y la Seguridad Social o por reintegro de subvenciones.

En el caso de profesionales autónomos y empresas, independientemente de su forma jurídica y de su financiación, declaración sobre las ayudas recibidas en el ejercicio 2011 y los dos anteriores, acogidas al régimen de minimis,

En el caso de renting o leasing operativo, además de los documentos anteriores, se acompañarán un documento en el que se establezca que la duración mínima son 2 años.

 

FAQS

¿Puede un mismo comprador comprar 2 coches eléctricos y beneficiarse de 2 ayudas?

Sí, la ayuda es al vehículo.

¿Pasará como en el plan 2000E que los concesionarios le hacen el descuento al cliente final y luego tienen que esperar a que la empresa encargada les abone los importes?

 No, la ayuda se la comunican e ingresan directamente al cliente, el concesionario no descuenta esa cantidad del precio.

¿Se puede pedir la ayuda aunque no se haya matriculado el coche y esté pedido a fábrica?

Sí, ya que hay un anexo que habla de factura proforma y compromiso de compra, pero la ayuda no se abonará hasta que se acrediten la factura final y el permiso de circulación.

¿Tienen ayuda los coches de km 0?

Si ya está matriculado, la subvención la habrá presentado el concesionario y por lo tanto ya no hay más.

¿Hay mejores ayudas por flotas?

El decreto deja abierta la puerta a que una empresa obtenga más ayudas a partir de la segunda unidad, con un 15% más en el importe total de la ayuda calculada con los límites explicados anteriormente. Esto es, el Nissan Leaf tiene un Precio Franco Fábrica 30.466,10 €, la ayuda del 25% serían 7.616,53, aplicando el límite se quedarían en 6.000 €. Para el caso que una empresa adquiera un segundo vehículo, la ayuda pasaría a ser 6.900 €.

¿Habrá subvención en 2012 si no se agotan los fondos?

Ni el decreto ni en el ministerio aclaran este punto, aunque todo hace indicar que sí, pero seguramente la irán modificando. La semana pasada ya han comunicado oficialmente la prórroga.

¿Mi comunidad autónoma da ayudas, son incompatibles con las del ministerio de Industria?

No. Las ayudas se pueden acumular con el límite del importe del vehículo. Las únicas ayudas incompatibles son las concedidas por el IDAE

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