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18/02/2011
Por Goti Martínez Pérez

Revuelo en el sector del motor por la enmienda que modifica la relación entre fabricantes y concesionarios

Analizamos en profundidad la virtualidad del cambio.

La semana pasada, se aprobó en el senado una enmienda de la Ley de Economía Sostenible que introducirá diversos cambios en las relaciones entre los concesionarios de automóviles y los fabricantes, regulando los contratos de distribución entre marcas y concesionarios de vehículos.

Esta nueva normativa, que entre otras cosas, permitirá a los concesionarios devolver los coches a los 60 días de la adquisición por el mismo precio que llegaron a sus puntos de venta, está causando un gran revuelo en los diferentes actores del mercado automovilístico.

Con la aprobación de esta nueva normativa los concesionarios dejarán de ser considerados  distribuidores de las marcas automovilísticas, para pasar a ser agentes. Con ello, se permitirá aplicar a los concesionarios el régimen protector de contrato de agencia, lo que en la práctica supone que se si extingue el contrato, ya sea por vencimiento del plazo o por cualquier otra causa, el concesionario tendrá derecho a percibir una indemnización del fabricante por compensación de la clientela transferida.

El objetivo de la oposición al aprobar esta ley (el grupo socialista se opuso) era favorecer al pequeño empresario al evitar que estos tengan que hacerse cargo del stock,  reduciendo así los costes de los mismos. Asimismo, la nueva normativa pretendía  reducir los privilegios que  actualmente tienen los fabricantes de coches sobre los distribuidores.

REACCIONES

Ante la aprobación de esta normativa, la Asociación Nacional de Importadores de Automóviles (Aniacam) ha expresado su "profunda preocupación" y estudia recurrir dicha normativa ante el Tribunal Constitucional e incluso ante las autoridades comunitarias.

Por otro lado, el presidente de la Asociación Española de Fabricantes de Automóviles y Camiones (Anfac), Francisco Javier García Sanz, ha comentado que esta nueva normativa va a poner en riesgo inversiones ya asignadas y las posibles futuras inversiones en la industria del automóvil en España, y también diversos puestos de trabajo de miles de familias.

Además, el presidente de Anfac subrayó que la relación entre marcas y concesionarios ya está regulada por un reglamento comunitario, y añadió que desde el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio tienen previsto también aprobar en esta legislatura la nueva ley de distribución comercial. Por otro lado, Garcia Sanz insistió  en que con esta normativa a las marcas les  será imposible firmar nuevos contratos con concesionarios.

En vista de esta situación, desde Ministerio de Industria, Turismo y Comercio  se ha convocado, para la semana próxima, una conferencia "especial y urgente" con las comunidades autónomas que cuentan con plantas de producción de vehículos y con los fabricantes, para analizar la situación generada ante la aprobación de esta ley.

IMPLICACIONES

  • Las marcas pueden apostar por una red propia más fuerte y dejar a un lado la firma de nuevos contratos de distribución con empresarios individuales.
  • A medio plazo, y en función del volumen de devoluciones, puede suponer una rebaja en los campañas comerciales de  la marcas para no perjudicar en exceso su nivel de beneficios.
  • El objeto último de esta norma es ayudar a los concesionarios a no acumular stocks y por lo tanto que tengan una situación financiera menos crítica que la actual, teniendo en cuenta que este año 2011 el acceso al crédito será todavía más difícil y con mayores costes hasta que el sector haga la reestructuración.
  • Otra de las ideas que está detrás es evitar pérdidas en los coches no vendidos por cambios en las campañas comerciales de las marcas que varían a lo largo del año y que en caso de mejoras pueden hacer que las unidades ya compradas por los concesionarios a las marcas tengan peores descuentos y por lo tanto tengan que asumir hasta pérdidas para igualar los descuentos vigentes en cada mes.
  • No obstante, pensamos que la aplicación real de la norma es complicada, ya que un concesionario que decida aplicarla, y por lo tanto devolver unidades a la marca, se puede ver perjudicado a futuro con la no renovación del contrato o la reducción de los ráppeles comerciales que tengan una consideración más cualitativa, aspecto éste que pesará mucho y evitará de facto su aplicación.
  • Vemos también sin embargo que puede ser usado por aquellos concesionarios que vayan mal y que sepan que van a cerrar para conseguir recursos financieros e indemnizaciones que les permita no asumir todas las pérdidas por cesar la actividad.

 

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