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30/09/2015
Por Gustavo Rodríguez Hernandez

A partir de mañana entra en vigor la nueva modificación del Reglamento General de Circulación

Los niños que midan menos de 1,35 m no podrán viajar en los asientos delanteros.

El Reglamento General de Circulación introducirá novedades el día 1 de octubre de 2015 en cuanto a la seguridad de los menores que viajen en el interior de los vehículos. Un cambio que afecta, además, al uso del cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil homologados y la colocación de los menores en el interior de los vehículos.

Lo primero que hay que recordar, es que los agentes de la autoridad podrán llegar a inmovilizar el vehículo por no llevar a los niños correctamente sentados. El Reglamento General de Circulación en su artículo 117 obliga a utilizar, debidamente abrochados, a conductores y ocupantes de vehículos los cinturones de seguridad y otros sistemas de retención homologados tanto en la circulación por vías urbanas como interurbanas. Además, establece la prohibición de circular con menores de estatura igual o inferior a 135 centímetros situados en los asientos delanteros del vehículo salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto.

Cabe recordar las excepciones que establece el mismo Reglamento, tanto para el uso del cinturón de seguridad como para que los menores ocupen el asiento delantero. La excepción en cuanto a los sistemas de retención infantil la encontramos en la altura. Deben emplear estos sistemas los menores cuya estatura sea igual o inferior a 135 centímetros, con la particularidad de que las 'sillitas' irán colocadas en el asiento trasero del vehículo.

Esta situación en caso de no cumplirse, será un nuevo motivo de multa de tráfico (200 euros y pérdida de 3 puntos del carnet, además de la inmovilización del vehículo) a partir de Octubre por incumplimiento a lo que marca desde ahora en el artículo 117 del Reglamento General de Circulación. Las únicas excepciones que se contemplan dentro de esta nueva normativa en referencia a los menores y su traslado en el interior de vehículos

Estas son las siguientes situaciones:

• Si el vehículo no dispone de asientos traseros

• Si todos los asientos traseros están ocupados también por menores de estatura igual o inferior a 135 centímetros.

• Cuando en los asientos traseros no sea posible instalar el sistema de retención infantil

Respecto del uso del cinturón de seguridad, la ley contempla también excepciones, tales como maniobras de marcha atrás, por razones médicas o en el ejercicio de determinadas profesiones. Para recurrir una multa de tráfico dentro de las citadas situaciones, se tendrá que presentar la documentación pertinente que avala esa justificación y se podría retirar la denuncia.

El objetivo es concienciar de la importancia que tiene el uso de sistemas de seguridad infantil, y aumentar las probabilidades de que los niños salgan ilesos en caso de accidentes. Según el legislador, el objetivo de estos cambios es imponer como prioridad que el menor que no alcance esa estatura ocupe siempre el asiento trasero del vehículo, en el que la posibilidad de sufrir lesiones en caso de accidente es considerablemente menor que al ocupar los asientos delanteros, evitando que los menores puedan ocupar el asiento delantero aun cuando los asientos traseros no estén ocupados con la finalidad de reducir la gravedad de las lesiones que pudieran sufrir en caso de accidente.

Según los datos de Tráfico en el año 2014 un 23 % de los fallecidos usuarios de turismos en carretera no utilizaban el cinturón de seguridad elevándose el porcentaje hasta el 30 % en el caso de las zonas urbanas. Además, el uso de los sistemas de retención infantil (S.R.I.) reduce en un 75% las muertes y en un 90% las lesiones.

La Dirección General de Tráfico ha puesto en marcha una importante campaña de concienciación que comenzó con una acción de vigilancia a principios de septiembre, lógicamente aprovechando el comienzo del curso escolar, y la continúa con una campaña publicitaria a nivel nacional.

Existen 5 grupos de sistemas de retención infantil, que están diseñados en función del peso del bebé o del niño. Son los siguientes:

• Grupo 0: En esta primera categoría se incluye al bebe desde su nacimiento hasta que cumple 1 año, y puede utilizarse hasta los 10 kilos de peso. Se pueden utilizar dos dispositivos en función de la ubicación de los mismos; un capazo con arneses para ubicar en los asientos posteriores y que se engancha a los cinturones de seguridad, o bien una silla de seguridad ligeramente inclinada que se podrá colocar en el asiento delantero en sentido contrario a la marcha, o en la parte trasera, en cuyo caso será preferible colocarla en el centro de forma de minimizar los posibles daños en caso de colisión lateral. Si se coloca en la parte delantera, tendremos que asegurarnos que el dispositivo de airbag del pasajero está desconectado. Lo más seguro es ubicarlo en el asiento trasero en sentido contrario a la marcha.

• Grupo 0+: Es una categoría que amplia el peso hasta llegar a los 13 Kg., y para niños hasta los 18 meses. Es una silla que se coloca en el asiento trasero en sentido contrario a la marcha de forma que se proteja mejor ante cualquier colisión. Al situar la silla de esta forma, permite proteger más el cuello y la columna.

• Grupo I: En este siguiente apartado, entran niños con un peso entre los 9 y 18 kilos, y aproximadamente entre 1 – 4 años. Las sillas se enganchan en el cinturón de seguridad del vehículo. Van siempre situadas en sentido de la marcha, utilizando el cinturón del vehículo o uno supletorio que trae la propia silla. Estas últimas llevan incorporado un arnés de 4 o 5 puntos de anclaje.

• Grupo II: Esta categoría está distinada a niños de 3 a 6 años que tienen un peso entre 15 y 25 kilos. Consta de u cojín elevador con respaldo dotado de protección lateral para la cabeza, se sitúa en la parte trasera en el sentido de la marcha y a ser posible en el centro. Debe incluir unas guías laterales para colocar el cinturón ajustado a las caderas, lo que evitará lesiones en la cavidad abdominal o en la columna.

• Grupo III: Por último, este último grupo de sistemas de retención infantil agrupa a todos los niños con edades comprendidas entre los 5 y los 12 años,  con un peso entre los 22 y 36 kilos. Se trata de un cojín elevador, a ser posible con respaldo de protección lateral para la cabeza y regulación de altura. Gracias a esto, el cinturón de seguridad se puede acoplar correctamente sobre la clavícula del menor.
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GUSTAVO RODRÍGUEZ HERNANDEZ

Periodista especializado con 20 años de experiencia en el sector de la automoción. Fue director del área de Motor de Cadena Cope Castilla y León durante 3 años. Posteriormente, fue redactor y probador de coches en AUTOhebdo Sport, Revista Top Auto y sobrecoches.com. Desde el año 2011, es el responsable de pruebas y producto de cochesyconcesionarios.com

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